Ley 3.203
Prorroga hasta el 30 de junio de 1917 la vigencia de las leyes que gravan con un impuesto adicional a favor del fisco los bienes afectos a la contribucion municipal de haberes i dispone la forma en que cobraran las municipalidades esta contribucion durante el primer semestre de 1917.
- Estado
- Vigente
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idNorma: 23809