Texto oficial
ART. 2°.- Se autoriza, asimismo, al Presidente de la República para que pueda adquirir las propiedades ubicadas en la Alameda de las Delicias números 953, 961 i 969 i en la Avenida de Providencia esquina Miguel Claro, a fin de que funcione en la primera de ellas el Liceo de Niñas N°. 3 de Santiago i en la segunda el Liceo José Victorino Lastarria i demas servicios que el Presidente de la República designe.
El valor de la primera no podrá exeder de la suma de un millon setenta i cinco mil trescientos sesenta pesos ($ 1.075,360) i se pagará con cien mil pesos ($ 100,000) en el momento de entregarse al Fisco la propiedad i el resto en cuotas anuales de cien mil pesos ($ 100,000), cada una, debiendo abonarse el interes del ocho por ciento anual sobre la parte no pagada del precio.
El valor de la segunda no podrá exeder de la suma de quinientos mil pesos ($ 500,000) i se pagará reconociendo el Fisco la deuda hipotecaria que grava actualmente la propiedad, i el resto en cuotas anuales de cincuenta mil pesos ($ 50,000) cada una, mas el interes del ocho por ciento anual sobre el precio insoluto. La cantidad que anualmente se pague por intereses, por este último capítulo, no podrá exeder de veinte mil pesos ($ 20,000); i si en los primeros años el monto de los intereses exediere de esta suma, los intereses atrasados se pagarán en los años posteriores, imputándolos a la espresada anualidad de veinte mil pesos ($ 20,000).