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Artículo 3 de la Ley 3.204

Concede fondos para creacion de escuelas i ayudantias, pago de gratificaciones, adquisicion de material de enseñanza i mobiliario escolar para construcciones en la escuela de medicina, internado barros arana, universidad i liceo de hombres de valparaiso i adquisicion de dos propiedades destinadas al liceo de niñas nº 3 i liceo jose victorino lastarria.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23810 / 5955267.

Texto oficial

ART. 3°.- Autorízase, igualmente, al Presidente de la Rerpública, para invertir hasta las siguientes sumas: Ciento cincuenta mil pesos ($ 150,000) en continuar la construccion del edificio del Internado "Barros Arana"; cien mil pesos ($ 100,000) en la construccion de un tercer piso en el edificio de la Universidad; i veintinueve mil pesos ($ 29,000) en la construccion i reparacion de salas, instalaciones de servicios hijiénicos i construccion de dos escaleras en el Liceo de Hombres de Valparaiso.