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Artículo 6 del Decreto 239

Decreto con fuerza de ley numero 239

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238131 / 8855330.

Texto oficial

Art. 6.o Las Municipalidades podrán otorgar a un mismo establecimiento, a excepción de los contemplados en las letras a), g) y h), dos o más de las diversas patentes para expendio de bebidas alcohólicas, adoptando las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la ley, en lo relativo a los días y horas de clausura.