Texto oficial
Artículo séptimo.- Tratándose de los postulantes en
los concursos para los cargos vacantes de los Escalafones
Secundario y de Empleados del Poder Judicial, la
Corporación Administrativa del Poder Judicial procederá a
efectuar las pruebas de selección de personal que, según
las políticas definidas por su Consejo, corresponda
aplicar.