Saltar al contenido

Artículo 8 de la Ley 3.299 · Lei num. 3,299, que concede anticipos a los productores de salitre.

Lei num. 3,299, que concede anticipos a los productores de salitre.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23878 / 7166529.

Texto oficial

Art. 8.° Las disposiciones de la lei número 2,912, de 3 de Agosto de 1914, tendrán efectos durante la vijencia de esta lei.