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Artículo 111 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley de hacienda nº 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 238919 · idParte: 8666203

Texto oficial

Artículo 111.- Las personas a quienes se permita DFL Hacienda 1/97 depositar sus mercancías en los locales o recintos Art. 117 habilitados, responderán ante la Aduana por los derechos y demás cargos correspondientes a las mercancías perdidas o dañadas, conforme lo dispuesto en el artículo 58 de este Libro.