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Artículo 139 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley de hacienda nº 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238919 / 8666237.

Texto oficial

Artículo 139.- Las mercancías decomisadas y las DFL Hacienda 1/97 expresa o presuntivamente abandonadas deberán permanecer, Art. 146 para los efectos de ser subastadas, en los recintos de depósito fiscales o particulares donde se encuentren almacenadas.