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Artículo 9 de la Ley 3.379 · Sobre caja de retiros i de prevision social de los ferrocarriles del estado

Sobre caja de retiros i de prevision social de los ferrocarriles del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23934 · idParte: 8197573

Texto oficial

Art. 9° La Caja abonará sobre estas imposiciones voluntarias de ahorro un interes mínimo de 5 por ciento anual, siempre que hayan estado depositados durante treinta dias a lo ménos.