Texto oficial
Art. 24. Los secretarios de los tribunales colejiados,
llevarán un libro público de integraciones i de asistencia
al Tribunal, en el que anotarán diariamente los nombres de
los miembros que no hayan asistido, con espresion de la
causa de esta inasistencia, i de los funcionarios o abogados
que hayan sido llamados a integrar.