Texto oficial
Artículo 6°.- Sustitúyese, en el artículo 11 de la
ley N° 19.280, la expresión "Alcaldes del grado 1 al 7"
por "Alcaldes del grado 1 al 6".
Modifica la ley nº 17.235, sobre impuesto territorial; el decreto ley nº 3.063, sobre rentas municipales; la ley nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, y faculta a las municipalidades para otorgar condonaciones que indica
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