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Artículo 5 de la Ley 3.500 · Crea la caja hipotecaria de credito naval

Crea la caja hipotecaria de credito naval

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24019 · idParte: 9625347

Texto oficial

Art. 5.o Los contratos hipotecarios celebrados en pais estranjero darán hipoteca sobre naves chilenas desde que se inscriban en el rejistro que establece el artículo anterior.