Texto oficial
Art. 3.° El producto del empréstito será depositado por la Municipalidad en Bancos nacionales i los intereses que se obtengan no podrán ser invertidos en otros fines que en los que autoriza esta lei.
Lei num. 3,509, que autoriza la contratacion de un emprestito por cuenta de la municipalidad de talca, con garantia fiscal.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24025 / 8276395.