Texto oficial
Artículo 5.- Para los efectos del régimen de aportes
financieros del Estado establecido en la presente ley,
serán sujetos de atención de los programas de protección
especializada los niños, niñas y adolescentes sujetos de
protección del Servicio y sus familias, derivados por el
tribunal competente o el órgano de protección
administrativa. El Servicio proveerá prestaciones a las
familias de los niños, niñas y adolescentes o a sus
cuidadores, salvo que sea improcedente, en las condiciones y
modalidades establecidas en las leyes y en sus respectivos
reglamentos.