Texto oficial
Art. 3.° Declárase caducada la facultad del Presidente de la República para emitir el resto de las cantidades que le autorizan leyes anteriores.
Lei num. 3,527, que autoriza la acuñacion de $ 25.000,000 en moneda divisionaria i la emision de $ 4.600,000 en billetes del tipo de un peso.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24040 / 8829199.