Saltar al contenido

Artículo 7 (DEL ART. UNICO) del Decreto 238

Reglamento sobre parques marinos y reservas marinas de la ley general de pesca y acuicultura

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240807 / 6535484.

Texto oficial

Artículo 7º.- Las áreas declaradas como parques y reservas por el Ministerio quedarán bajo la tuición del Servicio.