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Artículo 2 de la Ley 3.619

Lei núm. 3,619, que hace depender de una direccion general única los servicios de correos, telégrafos i teléfonos i aumenta los sueldos al personal de empleados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24118 / 8276539.

Texto oficial

Art. 2.° La Direccion Jeneral tendrá el número de secciones i sub-secciones que el Reglamento determine.