Texto oficial
Artículo 11º.- Para efectos de determinar las
Garantías Explícitas en Salud, en base a la propuesta de
problemas de salud seleccionados y sus intervenciones
asociadas de acuerdo a los párrafos anteriores, deberá
establecerse el costo que originan dichas Garantías.
Dicho costo se denominará costo esperado individual
promedio pertinente, será calculado en relación a un
beneficiario promedio.