Texto oficial
Art. 2.° El personal de tropa i jente de mar gozará de un aumento de setenta por ciento (70%) de los sueldos que les asigna dicha lei.
Lei num. 3,636, que aumenta los sueldos al personal del ejercito i de la armada.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24131 / 7166914.