Texto oficial
Art. 12. El padre o guardador sufrirá la pena de presidio en su grado mínimo, o multa de uno a treinta pesos, si, con el propósito de eludir las obligaciones que impone esta lei o de limitar el período de su cumplimiento, diere informacion falsa acerca de la edad de su hijo o pulilo en el momento de la matrícula.