Texto oficial
Art. 37. Las Municipalidades que no cumplieren con las obligaciones que les impone esta lei, entregarán al Estado el quince por ciento de sus entradas de todas clases para el fomento de la educacion primaria.
Ley 3.654
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24146 / 7166989.