Texto oficial
Art. 80. Los empleos del personal directivo son incompatibles entre sí y con todo otro empleo dentro y fuera del establecimiento que haya de ser desempeñado en el tiempo que deba ser dedicado a su empleo, segun lo determinen los reglamentos respectivos. Sin embargo, los directores podrán desempeñar en el mismo establecimiento una cátedra de profesorado.
Los sub-directores de las escuelas de aplicacion deberán desempeñar las clases de metodolojía que les indique el director, sin mayor remuneracion.
El empleo de sub-director de escuela nocturna es compatible hasta con dos cátedras de profesorado dentro del mismo establecimiento.
Los empleos de secretarios e inspectores ausiliares son compatibles con una cátedra de profesorado en el mismo establecimiento.
Los empleos de profesores de la escuela diurna son incompatibles con todo otro empleo administrativo o docente en la seccion normal.
Los puestos de preparadores y conservadores serán desempeñados de preferencia por alumnos distinguidos del curso superior de las escuelas normales y cesarán en él una vez obtenido su título.