Texto oficial
Art. 92. Los empleados que gozaren actualmente de una renta mayor que la fijada por esta lei, continuarán gozando de ella hasta enterar la que les corresponda por su categoría, segun las disposiciones anteriores.
Ley 3.654
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24146 / 7167052.