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Artículo 92 (DEL ART UNICO) de la Ley 3.654

Ley 3.654

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24146 / 7167052.

Texto oficial

Art. 92. Los empleados que gozaren actualmente de una renta mayor que la fijada por esta lei, continuarán gozando de ella hasta enterar la que les corresponda por su categoría, segun las disposiciones anteriores.