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Artículo 102 (DEL ART UNICO) de la Ley 3.654

Ley 3.654

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24146 / 7167063.

Texto oficial

Art. 102. Los actuales profesores que fueren normalistas, o propietarios de sus empleos, recibirán su primer ascenso sin necesidad de rendir exámen previo de competencia.