Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 3.684

Lei num. 3,684, que autoriza la emision de $;30.000,000 en vales de tesoreria i la contratacion de creditos bancarios hasta por $ 20.000,000; i dispone que el 15% de los derechos de internacion se destinara a la amortizacion de los vales i a la cancelacion de los creditos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24170 / 5956679.

Texto oficial

Art. 3.° Autorízase igualmente al Presidente de la República, por el término de un año, para contratar créditos bancarios hasta por la suma de veinte millones de pesos.