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Artículo 30 del Decreto 151

Aprueba reglamento del fondo de fomento audiovisual

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241853 / 9186801.

Texto oficial

Artículo 30º.- La Secretaría del Consejo o los Directores Regionales, según corresponda, emitirán un certificado de ejecución del proyecto o de la etapa que hubiere sido aprobada, lo cual será formalizado por medio de la dictación del respectivo acto administrativo por la autoridad competente.