Texto oficial
Artículo 43º.- Las bases de los concursos
establecerán reglas para impedir el financiamiento
simultáneo de proyectos a personas o instituciones cuando
la ejecución de uno, afecte la viabilidad de otro, en los
casos en que hayan recibido recursos de este Fondo o de
otros Fondos administrados por el Consejo Nacional de la
Cultura y las Artes.
La circunstancia de encontrarse inhabilitado(a) un(a)
postulante para ser beneficiario(a) del Fondo será
certificada por el Secretario(a).