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Artículo 24 de la Ley 3.733 · Lei núm. 3,733, que fija el impuesto de timbres,;estampillas i papel sellado.

Lei núm. 3,733, que fija el impuesto de timbres,;estampillas i papel sellado.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24212 / 8998893.

Texto oficial

Art. 24. El impuesto que corresponde a operaciones a plazo en las Bolsas de Comercio o de Corredores, se pagará en dinero en la Tesorería Fiscal al fin de cada trimestre por las respectivas instituciones.