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Artículo 18 de la Ley 3.745

Lei num. 3.745, que mejora la condicion economica del personal de los establecimientos de enseñanza superior, secundaria, comercial i especial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24220 / 7167249.

Texto oficial

Art. 18. Los empleados que actualmente tengan una remuneracion mayor que la establecida en la presente lei por razon de años de servicios o de premios, continuarán gozando de ella miéntras desempeñen sus cargos.