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Artículo 37 del Decreto 841

Aprueba reglamento de la ley nº 20.032, que establece un sistema de atencion a la niñez y adolescencia a traves de la red de colaboradores acreditados del servicio nacional de menores, y su regimen de subvencion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 242631 / 7323528.

Texto oficial

Artículo 37. El programa fortalecimiento familiar se pagará por niño atendido conforme a lo dispuesto en el inciso primero del artículo anterior, más un adicional por niño favorablemente egresado, entendiéndose por tal, aquel que habiendo desarrollado todas las etapas del proceso técnico previsto en las orientaciones técnicas del Servicio y en el respectivo proyecto, no registre reingreso a centros o programas de la Red SENAME de mayor complejidad, en el período señalado en dichas orientaciones. El número de plazas fijado en el respectivo convenio, determinará la cantidad máxima de niños atendidos que dará lugar al pago de la subvención.