Texto oficial
Artículo 37. El programa fortalecimiento familiar se
pagará por niño atendido conforme a lo dispuesto en el
inciso primero del artículo anterior, más un adicional por
niño favorablemente egresado, entendiéndose por tal, aquel
que habiendo desarrollado todas las etapas del proceso
técnico previsto en las orientaciones técnicas del
Servicio y en el respectivo proyecto, no registre reingreso
a centros o programas de la Red SENAME de mayor complejidad,
en el período señalado en dichas orientaciones.
El número de plazas fijado en el respectivo convenio,
determinará la cantidad máxima de niños atendidos que
dará lugar al pago de la subvención.