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Artículo 43 del Decreto 841

Aprueba reglamento de la ley nº 20.032, que establece un sistema de atencion a la niñez y adolescencia a traves de la red de colaboradores acreditados del servicio nacional de menores, y su regimen de subvencion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 242631 / 7323535.

Texto oficial

Artículo 43. El criterio complejidad estará referido a aquel niño, niña o adolescente que requiere cuidado, contención y atención especializada, debido a las consecuencias, en el desarrollo social, físico, afectivo, sexual, cognitivo y conductual, de la grave vulneración de derechos de la que ha sido víctima. Estarán comprendidas en este criterio, problemáticas de maltrato grave, explotación sexual comercial, situación de calle, drogadicción, infracciones a la ley penal de niños y adolescentes, entre otras. CATEGORIAS FACTOR Sujeto con complejidad. Se considerará a un niño, niña o adolescente con complejidad, a aquel que requiere cuidado y contención especializados, debido a las consecuencias, en el desarrollo social, físico, afectivo, sexual, cognitivo y conductual, de la grave vulneración de derechos de la que han sido víctimas. Estarán comprendidas en este criterio problemáticas de maltrato grave, explotación sexual comercial, situación de calle, drogadicción, infracciones a la ley penal, e inimputables, entre otras. 45% Sujeto sin complejidad. Se considerará a un niño, niña o adolescente sin complejidad, cuando no se encuentre en las circunstancias señaladas en la categoría anterior, cualquiera fuere la causal de ingreso a la Red SENAME. 0% Este criterio se aplicará a la línea Centros Residenciales, cuando corresponda, en la parte variable de los costos. También se aplicará al programa de familias de acogida especializada. Para efectos de las residencias de vida familiar contempladas en el artículo 28 letra b.5) de este reglamento, el criterio complejidad se entenderá exclusivamente respecto del niño, niña o adolescente que, en virtud de resolución del tribunal competente, se encuentre en proceso de acercamiento con sus familias o con la persona que determine el juez en el territorio en el que se prevé el correspondiente egreso, de acuerdo a los lineamientos técnicos vigentes. Éste se aplicará en la parte variable de los costos, de acuerdo a las categorías que se indican: CATEGORÍAS FACTOR Niños, niñas y adolescentes en acercamiento familiar 50% Sin acercamiento familiar 0%