Texto oficial
Art. 14. El cheque en que se hayan borrado conjuntamente las palabras "a la órden de" i "al portador", deja de ser transferible i sólo podrá pagarse a la persona a cuyo nombre fue jirado.
Lei num. 3,845, que reglamenta los contratos de cuenta corriente bancaria i los cheques
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24290 / 7167405.