Saltar al contenido

Artículo 6 transitorio de la Ley 20.065 · Modernizacion, regulacion orgánica y planta del personal del servicio medico legal

Modernizacion, regulacion orgánica y planta del personal del servicio medico legal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243150 / 8721423.

Texto oficial

Artículo 6º.- Aquellos funcionarios que están actualmente nombrados en alguna planta del Servicio, sin contar con los requisitos exigidos para desempeñarse en ellas, serán encasillados en los mismos grados y en las mismas plantas en que lo estén a la fecha de publicación del decreto con fuerza de ley que las fije, pero no podrán optar a cargos de grados superiores, en tanto no cumplan con los requisitos que en cada caso se exijan. Lo anterior no obsta a lo dispuesto en la letra a) del artículo 15 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834.