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Artículo 36 del Decreto 1199

Aprueba el reglamento de las concesiones sanitarias de produccion y distribucion de agua potable y de recoleccion y disposicion de aguas servidas y de las normas sobre calidad de atencion a los usuarios de estos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243794 / 8661593.

Texto oficial

Artículo 36º El decreto de otorgamiento de la concesión será reducido a escritura pública, dentro de los 15 días siguientes a su tramitación y un extracto del mismo deberá ser publicado en el Diario Oficial por el interesado, los días 1 o 15 del mes, inmediatamente siguiente a la fecha de su reducción a escritura pública, o el día hábil siguiente, si aquellos fueran feriados. Antes de 30 días, contados desde la fecha de dicha publicación, el decreto deberá inscribirse en el registro a que hace referencia el artículo 14º de este reglamento.