Texto oficial
Artículo 43º
La Superintendencia podrá inspeccionar en cualquier momento la ejecución de las obras. Estas serán ejecutadas de acuerdo a los proyectos aprobados por la concesionaria.
Aprueba el reglamento de las concesiones sanitarias de produccion y distribucion de agua potable y de recoleccion y disposicion de aguas servidas y de las normas sobre calidad de atencion a los usuarios de estos servicios
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