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Artículo 154 del Decreto 1199

Aprueba el reglamento de las concesiones sanitarias de produccion y distribucion de agua potable y de recoleccion y disposicion de aguas servidas y de las normas sobre calidad de atencion a los usuarios de estos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243794 / 8661750.

Texto oficial

Artículo 154º El interesado en la aplicación de la eximente del inciso final del artículo 65º de la Ley deberá, mediante un informe fundado, asegurar que en el respectivo territorio operacional se producirá una menor tarifa para los usuarios sanitarios, derivada de la economía de escalas de la prestación conjunta de los servicios sanitarios y de electricidad u otros, a partir de la fecha en que opere la respectiva adquisición.