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Artículo 156 del Decreto 1199

Aprueba el reglamento de las concesiones sanitarias de produccion y distribucion de agua potable y de recoleccion y disposicion de aguas servidas y de las normas sobre calidad de atencion a los usuarios de estos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243794 / 8661753.

Texto oficial

Artículo 156º El horizonte de tiempo que cubre el programa de desarrollo alcanzará hasta 15 años. El prestador deberá actualizar dicho programa cada 5 años, a través de un documento integral y autosuficiente.