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Artículo 44 de la Ley 3.996 · Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24389 / 9027833.

Texto oficial

Art. 44. Queda estrictamente prohibido a todo empleado de la Dirección de Impuestos Internos divulgar un detalle cualquiera inserto en una declaracion de renta, o dar la menor informacion a personas estrañas al servicio del impuesto, o a empleados que no tengan relacion directa con la seccion o departamento a que pertenezca el empleado, bajo la pena de los artículos 246 y 247 del Código Penal. No podrán tampoco permitir a persona alguna estraña al servicio ver o sacar los detalles de las declaraciones.