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Artículo 45 de la Ley 3.996 · Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24389 / 9027834.

Texto oficial

Art. 45. Las estipulaciones que tiendan a hacer pesar sobre otros el pago del impuesto, no eximen al contribuyente de la obligacion de pagarlo, sin perjuicio de su derecho para repetir en contra del que haya tomado sobre sí el pago. Se reputa no escrita cualquiera disposicion en contrario.