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Artículo 48 de la Ley 3.996 · Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24389 / 9027837.

Texto oficial

Art. 48. Las empresas o sociedades que tengan su domicilio fuera de Chile, pagarán, en lugar del impuesto sobre valores mobiliarios que grava a los accionistas de las empresas o sociedades chilenas, un tres por ciento sobre las utilidades de sus negocios en Chile.