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Artículo 70 de la Ley 3.996 · Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Lei num. 3,996, que establece un impuesto sobre las rentas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24389 / 9027861.

Texto oficial

Art. 70. El funcionario que no siguiere o que demorare la prosecucion de los procedimientos de apremio establecidos, será personal y solidariamente responsable de lo que se adeuda al Fisco.