Texto oficial
Artículo 18. Las Tesorerías Comunales entregarán
semestralmente al Consejo Regional que corresponda el 50% de
las patentes profesionales de las enfermeras que ejerzan su
profesión en la comuna.
Crea el colegio de enfermeras y fija las disposiciones por que se regira
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244142 / 6549341.