Texto oficial
Artículo 36. La citación para estas reuniones se
hará por medio de tres avisos publicados en un diario de
las ciudades del asiento de los Consejos Regionales, con
indicaciones del día, lugar y hora de la reunión,
señalándose, además, su objeto, si se tratare de reunión
extraordinaria.
El primer aviso se publicará con treinta días, a lo
menos, de anticipación al señalado para la reunión.