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Artículo 5 de la Ley 5.546

Crea dos institutos de fomento minero e industrial del norte, para las provincias de tarapaca y antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244143 / 6549378.

Texto oficial

Art. 5.o La Superintendencia de Bancos tendrá sobre los Institutos que crea esta ley, la supervigilancia y demás facultades que ejerce sobre los Bancos nacionales y extranjeros.