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Artículo 9 de la Ley 11.987 · Fija la planta y sueldos del personal del servicio de registro civil e identificacion

Fija la planta y sueldos del personal del servicio de registro civil e identificacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 244177 / 9019797.

Texto oficial

Artículo 9. Se declara que a los funcionarios de la planta de Identificación y Pasaportes y del Ministerio de Justicia imponentes de la Caja de Previsión de Carabineros retirados en el lapso comprendido entre el 1.o de Enero y el 3 de Agosto de 1953, les son aplicables las disposiciones contenidas en el decreto con fuerza de ley N.o 299, publicado en el "Diario Oficial" de 3 de Agosto del mismo año.