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Artículo 20 de la Ley 4.054

Ley 4.054

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24431 / 8846224.

Texto oficial

Art. 20. El Presidente de la República dictará un Reglamento para determinar la organizacion y atribuciones de la Caja Central, los locales, el modo de elejir a sus miembros y para proveer el adecuado cumplimiento de las demas disposiciones de la presente lei.