Texto oficial
Art. 15. La autoridad suprema de la sociedad es la junta jeneral de accionistas.
La junta jeneral será citada por el jerente a sesion ordinaria dentro de los diez dias siguientes a la terminacion del balance.
Se reunirá estraordinariamente cada vez que el jerente la cite, o lo solicite un número de accionistas que represente a lo ménos el veinte por ciento del capital actual.
El quorum para la reunion de la junta será formado por accionistas que reunan el cincuenta por ciento del capital actual.
Si con la primera citacion de la junta no se reuniera el quorum que fija el inciso anterior, será nuevamente citada dentro del plazo de los diez dias siguientes a la fecha fijada para la primera reunion, y en tal caso, se verificará la sesion con los accionistas que concurran.
Las resoluciones se tomarán por mayoría absoluta de votos, salvo los casos de escepcion establecidos en esta lei.
Cada accionista tendrá un voto, cualquiera que sea el número de sus acciones.
La citacion a la junta se hará con cinco dias de anticipacion, por los diarios o por carta certificada, espresándose dia, hora, local y objeto de la reunion.