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Artículo 18 de la Ley 4.059 · Lei num. 4,059, sobre contrato de trabajo entre patrones y empleados particulares

Lei num. 4,059, sobre contrato de trabajo entre patrones y empleados particulares

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24436 / 8277193.

Texto oficial

Art. 18. Pueden contratar libremente la prestacion de sus servicios, los mayores de dieciocho años. Los menores de dieciocho años necesitarán autorizacion espresa de su representante legal y, en su defecto, de la madre, del abuelo paterno o materno o de las personas a que se refiere el artículo 4.° de la lei número 2,675, de 4 de setiembre de 1912.