Texto oficial
Art. 21. No se admitirán tercerías de ninguna clase en
los juicios ejecutivos que tengan por objeto la realización
de los bienes afectos al contrato de prenda agraria.
Inciso segundo.- Derogado.
Contrato de prenda agraria
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24467 / 7168102.