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Artículo 11 de la Ley 4.110

Ley 4.110

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24479 / 7168139.

Texto oficial

Art. 11. El domicilio de la Sociedad Anónima que se constituya con el nombre de Compañía Electro-Siderúrgica e Industrial de Valdivia, será la ciudad de Santiago de Chile y su capital en acciones deberá estar, en una proporción no inferior al cincuenta y cinco por ciento (55%) en poder de accionistas chilenos. El Directorio de la Compañía deberá estar formado en sus tres cuartas partes, a lo menos por nacionales, incluyendo en esa cuota a tres Directores que serán nombrados por el Presidente de la República, que representarán al Gobierno. El número total de directores no será superior a doce.